Fallo judicial en EE. UU. reabre opciones de asilo para venezolanos y cubanos
Por: María José Prado
Miles de venezolanos y cubanos que mantenían sus trámites migratorios paralizados en Estados Unidos podrían beneficiarse de una reciente decisión judicial que anuló varias políticas implementadas durante la administración de Donald Trump y aplicadas por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis).
La medida fue dictada el pasado 5 de junio por el juez federal John McConnell, del Tribunal de Distrito de Rhode Island, quien concluyó que las restricciones impuestas por la agencia migratoria carecían de fundamento legal y contravenían disposiciones establecidas por el Congreso estadounidense.
Entre las políticas anuladas figura una que suspendía el procesamiento de solicitudes migratorias provenientes de ciudadanos de 39 países considerados de “alto riesgo”, entre ellos Venezuela y Cuba. Como consecuencia, miles de expedientes relacionados con asilo, residencia permanente, permisos de trabajo y naturalización permanecían sin resolución.
En su decisión, McConnell sostuvo que el Uscis excedió sus facultades al aplicar medidas que impedían la adjudicación de beneficios migratorios internos. El magistrado argumentó que la autoridad presidencial contemplada en la Sección 212(f) de la legislación migratoria permite restringir el ingreso al país, pero no paralizar trámites de personas que ya se encuentran dentro del territorio estadounidense.
La sentencia también dejó sin efecto una pausa general en la evaluación de solicitudes de asilo y retención de remoción, una política de revisión adicional para beneficios ya aprobados y una directriz que instruía a los funcionarios a considerar el país de origen como un factor negativo al analizar determinados casos.
“El Uscis reclama una autoridad legal y reglamentaria que no posee”, señaló el juez en el fallo, en el que además cuestionó el uso de argumentos de seguridad nacional para justificar las restricciones.
El tribunal indicó que las leyes federales obligan a las autoridades migratorias a procesar solicitudes de asilo y naturalización conforme a los procedimientos establecidos, por lo que las suspensiones indefinidas resultaban incompatibles con esos mandatos.
Asimismo, la resolución destacó que las medidas generaban un trato diferenciado basado en la nacionalidad de los solicitantes, algo contrario a las normas federales que prohíben la discriminación en la adjudicación de beneficios migratorios.
Con esta decisión, el Uscis ya no podrá utilizar el origen nacional como argumento para mantener suspendidos trámites migratorios de ciudadanos venezolanos y cubanos. El fallo abre la puerta a la reactivación de miles de expedientes que permanecían congelados y ordena que los casos vuelvan a procesarse bajo los procedimientos ordinarios previstos por la legislación estadounidense.

