
Es denominada visa tipo M de cónyuge. Se debe tramitar en el siguiente enlace: https://www.cancilleria.gov.co/tramites_servicios
Una vez allí, ingresar en la opción visas y hacer clic en “Realice aquí su solicitud de visas” y siga los pasos del formulario que se despliega.
Requisitos específicos para solicitar este tipo de visa
- Copia autentica del Registro Civil de Matrimonio colombiano, o de la Escritura Pública, Providencia Judicial o Acta de Conciliación. Aceptan Acta de Unión Marital de Hecho (concubinato con menos de 3 meses de emitida).
- Carta de solicitud de la visa firmada por el cónyuge o compañero permanente colombiano acompañada de fotocopia de la cédula de ciudadanía y poder especial otorgado por éste al extranjero para solicitar dicha visa (Se puede tramitar en cualquier notaría del país).
- Copia digitalizada del Sello de entrada al país (tiene hasta 3 meses para realizar dicho trámite, antes de que su estadía legal en calidad de turista venza).
- Copia digitalizada del Pasaporte con la información personal en formato JPG.
- Foto tipo carnet 3×4 en fondo blanco en formato JPG.
Nota: La visa tipo “M” tendrá vigencia de tres años. Tenga en cuenta que usted debe probar el vínculo en la entrevista, ya sea con fotos en su tlf o redes sociales.